sábado, 15 de noviembre de 2014

Diferencias entre alimentos con fecha de caducidad y fecha de consumo preferente

En tus alimentos encontrarás fechas que indican "algo" al consumidor. Muchas de ellas no son fechas de caducidad, sino, fechas de consumo preferente. Las diferencias entre la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente es que, en la primera, el alimento no es apto para el consumo humano y, en el caso de la segunda, es apto para el consumo pero no se encuentra en su mejor estado.

En España, la implantación de la fecha de consumo preferente comenzó con el envasado de yogures debido a una razón puramente económica, ya que, en otros países europeos las fechas de consumo preferente en yogures estaban a la orden del día y en este aspecto, España jugaba con desventaja. La polémica está servida: ¿Me voy a comer yogures caducados a partir de ahora? En teoría, no. Otra cosa es que los fabricantes de yogures estiren más de lo debido las fechas de consumo preferente. Ahí sí que podría haber problemas para la salud

Una solución a este problema potencial sería fijar unas fechas razonables, con la garantía de un mínimo de calidad del producto y que no haya que tirar el alimento a la basura. Estas fechas deben fijarse según criterios objetivos (cuánto tarda un alimento en ponerse rancio) y no según criterios comerciales (productos que duran más o menos en función de su temporada de mayor consumo).

Existen una lista de productos que, aunque marquen una fecha en su envase, pueden ser consumidos días y semanas después de su compra si estos fueron abiertos con anterioridad. Próximamente estarán incluidos en esta lista de productos con fecha de consumo preferente el pan de molde, las patatas fritas, los frutos secos, galletas, bollos industriales, refrescos, alcohol, pastas, arroces, legumbres, mermelada, mantequilla, embutidos, quesos, sopas y salsas de sobre y brics de tomate frito.



"No hay amor más sincero que el que sentimos hacia la comida"
¡Gracias a todos!

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